sábado, 4 de octubre de 2014

Casos de Reglamento de Evaluacion

Universidad Nacional de Costa Rica
Sede Omar Dengo

Centro de Educación e Investigación
División de Educología

Carrera:
Enseñanza de la Religión

Casos resueltos con el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes.

Profesores:
Susana Jiménez
Jorge Ballestero
Diego Bolaños

Estudiante:
Mariam Araya Leiva
Cédula: 1-1396-0159

Ciclo IV


Resolución de casos sobre el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes

1)
ARTÍCULO 15
La profesora de Educación Religiosa, ha recibido una apelación, por parte de los estudiantes, de cuatro secciones de octavo ano. En esta, los estudiantes, piden que la Segunda Prueba Parcial del II trimestre debe volverse a aplicar. Esto por cuanto ellos no recibieron de la profesora, el desglose de los objetivos que abarcaría la prueba, únicamente la lista de temas.
Además, cuando se les entregó la prueba calificada en ningún momento se les aclaró cuales eran las respuestas correctas a las preguntas. Sonia realizó el examen el jueves 18 de agosto y entregó los resultados el miércoles 31 de agosto.
Luego, la profesora no les desglosó su promedio trimestral, sino que solamente les dio verbalmente la nota obtenida en el II Trimestre, por lo que argumentan que la profesora debe de indicarles las notas obtenidas en los otros componentes de la evaluación.
1. ¿En cuáles errores esta incurriendo la profesora? Justifique mediante incisos del Artículo 15.
2. ¿Qué debe hacer la profesora al respecto?

  1. En el artículo 15 del reglamento e evaluación a los aprendizajes, referente a los deberes de docente, en el artículo 15, la profesora incurre en errores e incumplimiento de los incisos b, e, h, l y m.
El inciso b) menciona que es deber del docente comunicar pro escrito los contenidos y objetivos específicos que serán evaluados en la prueba, con al menos ocho días de anticipación.
Inciso e) Revisar y calificar las pruebas y trabajos y devolverlas calificadas en un tiempo máximo a os ocho días posteriores a su aplicación.
Inciso h) revisar las respuestas a las preguntas en un plazo no más de ocho días a la aplicación de la prueba  trabajo.
Inciso l) Informar en el cuaderno de comunicaciones a los encargados sobre, los detalles del progreso del estudiante en relación a los aspectos que constituyen la calificación.
Inciso m) Informar y explicar oportunamente a los interesados el desglose de los promedios de cada periodo.

  1. La profesora debe, cumplir con los incisos mencionados anteriormente, además de realizar lo que estípula el inciso j el cual menciona: conocer y resolver y comunicar por escrito las resoluciones a las objeciones que formulen los estudiantes, padres o encargados, con respecto a las calificaciones obtenidas en las pruebas, los trabajos a cada uno de los componentes de la evaluación en un plazo no mayor a tres días hábiles. Además de repetir la prueba del segundo trimestre a la cual se refiere la apelación de los estudiantes, como se menciona en la consulta numero 17, del documento respuestas a las consultas más frecuentes en el proceso de evaluación de los aprendizajes, del 2011, proporcionado por el ministerio de educación pública.
Y cumplir oportunamente con los incisos m y l.
2)
ARTÍCULO 24
El Departamento de Educación Religiosa de la Institución “X”, estableció como rubros para evaluar el trabajo cotidiano los siguientes:
a) Cuaderno completo                                    4%
b) Aporta materiales para la lección             2%
c) Participación en clase                                3%
d) Corrección del examen                              1%
¿Son estos los rubros válidos según el Artículo 24? Mejore (estos rubros) o plantee otros posibles.

De conformidad con el artículo 23, el cual es referente al trabajo cotidiano, los componentes no son válidos para dicha evaluación, ya que de concordancia con las reformas aplicadas para evaluar el trabajo cotidiano, se ha decretado en el documento documento respuestas a las consultas más frecuentes en el proceso de evaluación de los aprendizajes, del 2011, proporcionado por el ministerio de educación pública, en la página 5, en el punto número 1 inciso b, menciona específicamente lo siguiente: “ entre los instrumentos que puede utilizar se encuentran: escalas de calificación, registros anecdóticos, registros de desempeño, rúbricas, listas de control, entre otros, en concordancia con lo consignado en el planeamiento didáctico, en la columna de estrategias de evaluación.”Los indicadores mencionados en el caso, no corresponden a estrategias de medición aplicadas por un docente, en ejercicio de la educación.

Sin embrago se pueden aplicar, la propuesta formulada por mi persona la cual sería:
a)    Realiza la oración al inicio y final de la clase
b)    Realiza las actividades dadas por el docente
c)    Aporta el cuaderno de la asignatura a lecciones
d)    Participa activamente en las clase cuando se le solicita
e)    Termina las trabajos asignados
f)     Autocorrige los mismos cuando sea necesario
g)    Muestra respeto por las opiniones aportadas por sus compañeros


ARTÍCULO 25
La profesora Lidia Sánchez pide a sus estudiantes de décimo año que como trabajo extractase deberán realizar una investigación bibliográfica (de al menos 20 páginas) sobre el tema “Reproducción Humana”, en la que deben incluir: Introducción, Desarrollo, Conclusiones y Bibliografía. Dentro de las instrucciones establece que deben ser creativos y originales y que harán el trabajo en grupos de 3 estudiantes.
¿Estará de acuerdo con lo que el artículo 25 plantea con respecto al trabajo extraclase. Justifique su respuesta con 2 razones.

De conformidad al artículo 24, el cual es referente al trabajo extraclase, en el se menciona que se pueden asignar para educación diversificada investigaciones y proyectos, sin embargo:
  1. se establece que se deben asignar de acuerdo al nivel que curse el estudiante y las posibilidades personales del estudiante.
  2. Además  se pueden realizar de forma individual o grupal según la preferencia del estudiante y sus posibilidades, no obligatoriamente en forma grupal.


4)
ARTICULO 27
El estudiante Juan Lobo, plantea ante su profesor de Religión una apelación de la nota de concepto. Esto debido a que considera que el 1% otorgado por su profesor no se justifica, pues, cuando él le pide al docente que le explique, el porqué de su calificación, Don Juan establece que ese 1 % se lo merece, ya que, siempre llega tarde a lecciones y tiene constantes problemas con su uniforme. Además, sus notas en los exámenes no superan un cincuenta.
1. Hay problemas con esta justificación que brinda el profesor. ¿Por qué?
2. ¿Qué debe hacer el docente?

1.    Según el artículo 27, de la Definición de Concepto. El concepto constituye el juicio profesional valorativo y global que emite el docente con respecto al desempeño y actitud que demuestra el estudiante durante el proceso de aprendizaje en cada una de las asignaturas. En esta calificación no deben considerarse la puntualidad, la asistencia, ni aspectos relacionados con la evaluación de la conducta.
Si el problema radica en que para dicha evaluación, no se debe tomar en cuenta la puntualidad y asistencia según se especifica en el artículo mencionado.
2.    Debe aplicar lo establecido de conformidad a la última actualización, la calificación debe ser congruente a las notas obtenidas por el estudiante en los componentes: pruebas, trabajo extraclase, trabajo cotidiano y proyecto. Para lograr esta congruencia, el docente que lo desee, puede obtener el promedio de las calificaciones y luego se realiza la conversión para el cálculo del porcentaje.
Por ejemplo:
Calificación de primera Prueba   76
76 + 84+ 92+ 87 = 339 = 84,75
                  4                  4
84,75 x 0,05= 4,25
Calificación de segunda prueba  84
Calificación de trabajo extraclase  92
Calificación de trabajo cotidiano    87

 5)
ARTÍCULO 28. ARTÍCULO 149.
La madre de la estudiante Karla Rojas, justifica su inasistencia al examen de religión, mediante una carta en la que establece que el motivo por el cual su hija no se presentó, es porque se encontraba con gripe y fiebre, pero, no ameritó llevarla al médico.
El profesor de Religión le dice verbalmente a la estudiante que decidió no reponerle el examen.
1. ¿Es justificable la ausencia de la estudiante?
2. ¿Se están utilizando los medios de comunicación adecuados?

1.    La asistencia se define como la presencia del estudiante en las lecciones y en todas aquellas otras actividades escolares a las que fuere convocado. Las ausencias y las llegadas tardías podrán ser justificadas o injustificadas. Se entiende por ausencia justificada aquella provocada por una razón de fuerza mayor ajena a la voluntad del estudiante, que le impide presentarse a la institución o al lugar previamente definido por el docente para cumplir con sus obligaciones habituales como estudiante.
2.        Tales razones son:
3.    a) Enfermedad, accidente u otra causa de fuerza mayor.
4.    b) Enfermedad grave de cualquiera de sus padres o hermanos.
5.    c) Muerte de algún familiar hasta el segundo grado de consanguinidad y hasta por una semana.
6.    d) Cualquier otro motivo justificable a juicio del docente o, en caso de ausencia de éste, del orientador respectivo.
7.        De igual forma, la llegada tardía justificada es aquella provocada por razones de fuerza mayor ajenas a la voluntad del estudiante y que le impiden presentarse puntualmente a la hora previamente definida, a juicio del docente.
De acuerdo con lo establecido se justifica la ausencia, debe de reprogramársele la prueba ya que no menciona que se debe presentar comprobante de asistencia médica.
2.    No, esto debe de comunicarse por escrito en el cuaderno de comunicaciones.

6)
ARTÍCULO 29
EI profesor de Religión Calos Calvo decide que a todos los estudiantes que tienen más de cinco ausencias les pondrá un 2% en la nota de asistencia. En el segundo trimestre él impartió un total de nueve lecciones.
El estudiante Manuel González registra 6 llegadas tardías y 2 ausencias injustificadas.
1.    ¿Es correcta la decisión del profesor Calvo?
2.    Calcule el porcentaje de asistencia que le corresponde al estudiante Manuel González.

  1. No , ya que el reglamento establece lo siguiente:
De los Criterios para la Asignación del Porcentaje Correspondiente a la Asistencia y Puntualidad. La asignación del porcentaje que le corresponde a cada estudiante por concepto de asistencia y de puntualidad, deberá ser consignada por el docente de cada asignatura. Para definir esta asignación, el docente tomará como referencia el número total de lecciones impartidas en la respectiva asignatura durante el correspondiente período, y el porcentaje de ausencias o de llegadas tardías injustificadas del estudiante en ese mismo período, según la siguiente tabla:
Porcentaje de ausencias injustificadas del total de las lecciones impartidas en el periodo
Asignación %
0% ausencias
5
Del 1% al 12%
4
Del 13% al 25%
3
Del 26% al 38%
2
Del 39% al 50%
1
Del 51% o más 
0


Las llegadas tardías injustificadas menores de diez minutos se computarán para estos efectos como media ausencia injustificada. Las llegadas tardías injustificadas mayores de diez minutos se considerarán para estos efectos como una ausencia injustificada.

  1. Suponiendo que las tardías sean más de 10 minutos, el porcentaje se calcularía de la siguiente forma:
8 ÷ 9 = 0,88 % inasistencia
89 x 100= 88% inasistencia

Según la tabla el porcentaje correspondería a un 0%, de asistencia

 7)
ARTICULO 3I; ARTICULO 16
En el Examen de Religión de Octavo año, del II trimestre, el profesor establece que el tiempo probable para la realización de la prueba es de dos lecciones por lo que pide al Comité de Evaluación la autorización respectiva y ellos se la brindaron.

1. ¿Puede el estudiante interponer una apelación del examen por este hecho?
2. ¿Está el Comité de Evaluación en la potestad de dar la autorización?

  1. Si podría presentar la apelación, pero no procedería ya que el tiempo máximo para la realización de una prueba es de 80 minutos, lo cual son dos lecciones, según el artículo 31.
  2. Si, ya que en el artículo 16, inciso a de reglamento se establece como funciones del comité lo siguiente:

De los Deberes del Comité de Evaluación de los Aprendizajes. En materia de evaluación de los aprendizajes y de la conducta, al Comité de Evaluación de los Aprendizajes le corresponden las siguientes funciones y atribuciones:
a) Dar seguimiento al cumplimiento de los lineamientos técnicos y administrativos vigentes en la evaluación de los aprendizajes y de la conducta de los estudiantes.

8)
ARTICULO 57 ARTÍCULO 3O Inciso g
El padre de familia Álvaro Ovando interpone un recurso ante al director de la Institución “X” apelando la nota del Tercer Trimestre de su hijo de 7M0 año, en la materia de Religión. Fundamenta su apelación en el hecho de que su hijo recibió, el siguiente desglose, que contradice lo que el Reglamento de Evaluación establece:
a) Tareas 12%
b) Participación18%
c) Ensayo 4%
d)  Prueba 20% (de 35%)
f) Puntualidad y Asistencia 8%
g) Uniforme 4%
NOTA 66%
1.    ¿Está el padre de familia llevando el debido proceso de la apelación? Si su respuesta es negativa, ¿cómo debería ser el proceso?
2.    ¿Está bien fundamentada la apelación? ¿Por qué?

  1. No, ya que se establece en e reglamento, el padre de familia debe establecer la apelación en el cuaderno de comunicaciones, directamente al profesor de la asignatura. En segunda instancia al director, luego al comité de evaluación.
  2. Si ya que el reglamento  en el artículo 31, inciso g ,establece que la evaluación para sétimo nivel es la siguiente:

Del valor porcentual de cada uno de los componentes de la calificación. La calificación de los aprendizajes del estudiante en cada asignatura, excepto conducta, será el resultado de la suma de los siguientes valores porcentuales:
g) Tanto en el primer año de III Ciclo de la Educación General Básica (Sétimo año), como el primer año de las modalidades de IPEC y CINDEA, para las asignaturas Matemática, Español, Estudios Sociales, Ciencias, Lengua extranjera y Lengua Indígena:
Trabajo Cotidiano
25%
Trabajo Extraclase
10%
Pruebas (mínimo dos)
55%
Concepto
5%
Asistencia
5%



No hay comentarios.:

Publicar un comentario